- Al ser empleado: No es necesario renunciar al contrato laboral, para poder realizar el desembolso voluntario de las cesantías. Usted tiene derecho de hacer retiros parciales del saldo que tiene en su fondo de Cesantías cuando lo requiera.
- Al terminar el contrato: Al momento de usted haber terminado cualquier relación laboral con su empleador, tiene derecho al goce de sus cesantías.